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¿Chau domiciliaria? La Justicia advierte a Cristina Kirchner por los desmanes en la puerta de su casa

El juez de Ejecución Penal, Rodrigo Giménez Uriburu, intimó formalmente a la expresidenta y actual titular del PJ. Si continúan las manifestaciones masivas en Constitución que alteren el orden público, podría ser trasladada a una cárcel común.

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El beneficio de la prisión domiciliaria para Cristina Fernández de Kirchner pende de un hilo. En una resolución que promete sacudir el tablero político, la Justicia intimó formalmente a la exmandataria a cumplir de manera estricta con las reglas de su detención, bajo la expresa advertencia de que cualquier nuevo desborde en las inmediaciones de su propiedad provocará la revocación inmediata del beneficio.

La medida fue dispuesta por el juez de Ejecución Penal, Rodrigo Giménez Uriburu, y surge como respuesta directa a los incidentes del último domingo frente al edificio de la calle San José 1111, en el barrio porteño de Constitución. Ese día, militantes y simpatizantes realizaron un ruidoso «banderazo» que incluyó cortes de calles, aglomeraciones y una fuerte alteración de la rutina barrial.

El detonante: una bandera y la queja vecinal

Lo que complicó la situación procesal de la líder del PJ no fue solo la presencia de sus seguidores, sino su presunta participación activa en la movilización. Según los fundamentos de la Justicia, Cristina Kirchner habría formado parte de la convocatoria al permitir que se colgara una bandera de grandes dimensiones que cruzaba la calle, sostenida por cables tendidos directamente desde su propio balcón hacia el edificio de enfrente.

Para el magistrado, este tipo de conductas rompe el compromiso de convivencia pacífica que exige el arresto domiciliario. Los vecinos de la zona ya venían manifestando su malestar por las reiteradas protestas, ruidos molestos y la instalación de estructuras que interrumpen por completo la vida cotidiana del barrio.

Además, la resolución judicial recuerda que este tipo de intervenciones en la vía pública carecían de los permisos obligatorios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, lo que podría configurar, de mínima, una contravención.

El fantasma de la cárcel común

El aviso de la Justicia no es meramente simbólico. En el cierre de su resolución, Giménez Uriburu invocó el artículo 34 de la Ley N° 24.660 de Ejecución de la Pena. Esta normativa le otorga al juez la potestad absoluta de revocar el beneficio y ordenar el traslado de la imputada a un penal común en caso de registrarse nuevos «incumplimientos injustificados».

Con el clima político en máxima tensión, la pelota ahora está del lado de la exjefa de Estado: un paso en falso de su militancia en las puertas de San José 1111 podría cambiar drásticamente sus condiciones de detención.

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