CONECTATE CON NOSOTROS

Argentina

Las nuevas restricciones que se aplican desde este lunes en Rosario

La Provincia adhirió este domingo por la noche al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 287/21 del Ejecutivo Nacional y estableció restricciones más duras en en el territorio santafesino.

Ailén Lazarte

Publicado

en

Entre las medidas más destacadas se encuentran: la suspensión de las clases presenciales en los departamentos Rosario y San Lorenzo, la modificación del horario de cierre para locales gastronómicos y para la circulación vehicular y se prorrogan los vencimientos de documentaciones.

Hacemos un repaso de los principales puntos de las nuevas restricciones que se implementan en Santa Fe desde este lunes.

Se establece para todo el territorio provincial la suspensión de las siguientes actividades:

a) Las reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

b) Las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de diez (10) personas.

c) La práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados. Las actividades físicas en espacios públicos al aire libre podrán desarrollarse en tanto involucren hasta diez (10) personas participando de las mismas, las que nunca podrán significar la práctica recreativa de deportes grupales de contacto, cualquiera sea el número de participantes.

d) Las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del Poder Ejecutivo Nacional o Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, incluidas las competencias automovilísticas y motociclísticas.

No queda alcanzada por la suspensión dispuesta en el presente inciso la actividad deportiva en modalidad entrenamiento, que realicen entre sí los deportistas de una entidad en sus instalaciones y sin interactuar con los de otras instituciones; sujeto al cumplimiento de los protocolos establecidos para las mismas, sin habilitación de vestuarios e instalaciones anexas, ni la realización de reuniones sociales antes o después de las prácticas deportivas; y sin excederse del treinta por ciento (30%) de ocupación de las superficies cerradas.

e) Discotecas y salones de eventos, de fiestas y similares; excepto cuando las autoridades municipales y comunales hubieren dispuesto su habilitación como bares y restaurantes.

f) Las actividades de salas de juego en casinos y bingos.

g) El funcionamiento de cines, bares, restaurantes, patios de comidas y espacios de juegos infantiles ubicados en centros comerciales, paseos comerciales o shoppings y demás establecimientos comprendidos en el artículo 2° inciso e) apartado 4. de la Ley N° 12069 con asistencia de clientes a los locales; salvo para los bares, restaurantes y demás locales gastronómicos que tuvieran ingresos y egresos exteriores independientes, a los que pueda accederse sin transitar por los espacios interiores de circulación donde se ubican los comercios, sin habilitar corredores internos entre las zonas, a los fines del control efectivo del coeficiente máximo del treinta por ciento (30%) de ocupación de las superficies cerradas.

h) Cines, teatros, centros culturales, salas y complejos cinematográficos y otros establecimientos afines, salvo que funcionen al aire libre.

i) La actividad hípica en hipódromos.

j) La actividad complementaria en forma presencial de artistas en los bares y restaurantes durante el horario autorizado para su funcionamiento.

k)La actividad artística y artesanal a cielo abierto, en plazas, parques y paseos. No queda alcanzada por la suspensión dispuesta en el presente inciso la actividad de las ferias francas de comercialización de productos alimenticios.

l) Asambleas y actos eleccionarios de personas jurídicas públicas y privadas, en forma presencial. Solo podrán realizarse en forma remota.

LOCALES GASTRONÓMICOS

Hasta el 21 de mayo de 2021 inclusive los locales gastronómicos (comprensivo de bares, restaurantes, heladerías, y otros autorizados a funcionar como tales, con concurrencia de comensales), deberán observar las siguientes disposiciones:

a) No podrán extender su actividad más allá de las veintitrés (23) horas en la totalidad del territorio provincial. No se permitirá el ingreso de personas a los locales para la permanencia en los mismos, a partir de las veintidós (22) horas.

A excepción hecha de los Departamentos Rosario y San Lorenzo, en los que el límite serán las diecinueve (19) horas, y la limitación al ingreso de personas a los locales para su permanencia regirá a partir de las dieciocho (18) horas hasta el 7 de mayo de 2021.

b) Las autoridades municipales y comunales deberán especificar en cada caso la cantidad de mesas que corresponda, a los fines de cumplir con el coeficiente máximo del treinta por ciento (30%) de ocupación de las superficies cerradas. Esta determinación deberá informarse al público en lugar visible en el ingreso, tanto en referencia a las superficies cerradas, como en relación a las mesas habilitadas al aire libre.

c) La concurrencia simultánea de público asistente en los locales de los salones de eventos autorizados a funcionar como bares y restaurantes, no podrá exceder en ningún caso de cien (100) personas.

d) Durante la vigencia del horario de restricción a la circulación vehicular establecido en el Artículo 7º del presente decreto, los locales comprendidos en este artículo podrán funcionar en las modalidades de reparto a domicilio (también conocida como “delivery”) y de retiro (también denominada “take away”), siempre que esta última se realice en locales de cercanía de la clientela.

COMERCIO MAYORISTA Y COMERCIO MINORISTA DE VENTA DE MERCADERÍAS

En todo el territorio provincial, hasta el 21 de mayo de 2021 inclusive, la actividad del comercio mayorista y comercio minorista de venta de mercaderías, con atención al público en los locales, podrá extenderse todos los días de la semana hasta las diecinueve (19.00) horas; y hasta las veinte (20) horas, los que comercialicen productos alimenticios. El factor de ocupación de la superficie cubierta de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del treinta por ciento (30%).

SUSPENSIÓN DE CLASES PARA LOS DEPARTAMENTOS ROSARIO Y SAN LORENZO

Se suspende desde el 3 al 7 de mayo inclusive, en los Departamentos Rosario y San Lorenzo, el dictado de clases presenciales en los establecimientos educativos de gestión oficial y privada de todos los niveles y modalidades de la enseñanza, incluyendo los dependientes del Ministerio de Cultura.

Queda exceptuada de la suspensión, la escolaridad de estudiantes de la modalidad de educación especial, en acuerdo con sus familias, y, asimismo, se deberán arbitrar los medios para cumplir con los apoyos y el acompañamiento educativo de los y las estudiantes con discapacidad.

CIRCULACIÓN VEHÍCULAR

En todo el territorio provincial, desde el día 3 al 21 de mayo de 2021 inclusive, la totalidad de las actividades no suspendidas por aplicación del Artículo 2º  del presente Decreto que se mantienen habilitadas, deberán ajustar sus horarios de desarrollo a los fines de posibilitar el cumplimiento de la restricción a la circulación vehicular en la vía pública a la estrictamente necesaria para realizar actividades definidas como esenciales, entre las veinte (20) y las seis (6) horas del día siguiente, todos los días de la semana.

El factor de ocupación de la superficie cubierta de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del treinta por ciento (30%).

Quedan expresamente comprendidos en la autorización para circular dentro de dicha banda horaria quienes lo hagan en razón de participar en actividades educativas de carácter presencial, allí donde las mismas no estuvieren suspendidas por aplicación del Artículo 6º del presente decreto.

En el horario establecido de restricción de la circulación vehicular en la vía pública, la concurrencia para la realización de actividades habilitadas deberá ser siempre hacia locales de cercanía y sin la utilización de vehículos.

PRORROGA PARA VENCIMIENTO DE DOCUMENTACIONES

Se prorroga, desde su vencimiento y hasta el 31 de julio de 2021 inclusive, la validez y vigencia de las habilitaciones, permisos, licencias o autorizaciones que otorga la Provincia o cualquiera de sus reparticiones dependientes del Poder Ejecutivo, cuyo vencimiento opere con anterioridad a esa fecha, y cuya renovación deba tramitarse indefectiblemente de manera presencial en las reparticiones públicas correspondientes.

AUTORIDADES MUNICIPALES Y COMUNALES

Las autoridades municipales y comunales podrán disponer en sus respectivos distritos, en consulta con el Ministerio de Salud, mayores restricciones que las establecidas en el presente decreto.

Sin perjuicio de ello, éste Poder Ejecutivo o las autoridades provinciales competentes por razón de la materia cuando así se las facultase podrán establecer las mismas; como así también disponer la suspensión temporaria de actividades habilitadas, cuando las condiciones epidemiológicas así lo exijan para localidades o establecimientos determinados o para la totalidad del territorio provincial.

Las autoridades municipales y comunales, en concurrencia con las autoridades provinciales competentes, coordinarán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento de las medidas dispuestas en el presente Decreto, de los protocolos vigentes y de las normas dispuestas en virtud de la emergencia sanitaria.

Argentina

Paro docente en varias provincias complica el inicio de clases en Argentina

Gremios docentes confirmaron medidas de fuerza en distintas provincias del país en reclamo de mejoras salariales y mayor financiamiento para el sistema educativo. La protesta genera incertidumbre sobre el inicio de clases y pone en tensión las negociaciones entre sindicatos, gobiernos provinciales y la Nación.

Ailén Lazarte

Publicado

en

El comienzo del ciclo lectivo en distintas provincias de Argentina se encuentra atravesado por un nuevo conflicto salarial entre los sindicatos docentes y las autoridades educativas. Diversos gremios del sector anunciaron un paro nacional en reclamo de mejoras salariales y de una mayor inversión en educación, lo que amenaza con retrasar el inicio de clases en varias jurisdicciones.

Las organizaciones sindicales sostienen que los salarios docentes han perdido poder adquisitivo frente a la inflación registrada en el último año y reclaman una recomposición urgente que permita recuperar el ingreso de los trabajadores de la educación. Además, exigen que se convoque nuevamente a la paritaria nacional docente para discutir un salario mínimo a nivel país.

Entre los gremios que impulsan las medidas de fuerza se encuentran entidades nucleadas en la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (Ctera), uno de los sindicatos más representativos del sector. Desde la organización señalaron que la situación económica afecta directamente a los docentes y advirtieron que la falta de respuestas concretas podría derivar en nuevas protestas.

Por su parte, desde el gobierno nacional encabezado por Javier Milei sostienen que las negociaciones salariales corresponden a cada provincia, ya que la educación es una competencia descentralizada. En ese marco, las autoridades remarcaron que las jurisdicciones deben avanzar en acuerdos propios con los gremios locales.

Sin embargo, la falta de consenso entre sindicatos y gobiernos provinciales generó un escenario de tensión que repercute directamente en el calendario escolar. En varias provincias, los docentes anunciaron que no comenzarán las clases hasta que se presenten propuestas salariales que consideren satisfactorias.

El conflicto genera preocupación entre las familias y la comunidad educativa, ya que el inicio del ciclo lectivo es un momento clave para millones de estudiantes en todo el país. Las autoridades educativas esperan que las negociaciones continúen en los próximos días con el objetivo de alcanzar un acuerdo que permita normalizar el comienzo de las clases.

Mientras tanto, el paro docente vuelve a poner en el centro del debate la situación salarial del sector educativo y el financiamiento del sistema público de enseñanza, una discusión que se repite en el país cada vez que se acerca el inicio del año escolar.

Continuar Leyendo

Argentina

El Gobierno profundiza el ajuste fiscal y anuncia nuevos recortes para sostener el superávit

La administración de Javier Milei confirmó que avanzará con un nuevo paquete de medidas orientadas a consolidar el equilibrio de las cuentas públicas. Desde la Casa Rosada sostienen que el objetivo es “blindar” el superávit fiscal, mientras crecen las tensiones con gobernadores y gremios.

Ailén Lazarte

Publicado

en

El Gobierno nacional anunció que profundizará el ajuste del gasto público en las próximas semanas con el fin de mantener el superávit fiscal alcanzado en los primeros meses de gestión. La decisión forma parte del programa económico que impulsa el presidente Javier Milei y que tiene como eje central el déficit cero.

Fuentes oficiales indicaron que las nuevas medidas incluirán recortes en partidas administrativas, revisión de contratos estatales y una reducción adicional en transferencias discrecionales a provincias. También se avanzaría en una reestructuración de organismos públicos considerados “ineficientes”, según la visión del Ejecutivo.

Desde el Ministerio de Economía aseguran que el ordenamiento de las cuentas es condición necesaria para sostener la desaceleración inflacionaria y estabilizar el mercado cambiario. En ese sentido, remarcan que el equilibrio fiscal es la principal señal hacia los mercados y organismos internacionales.

Sin embargo, la profundización del ajuste generó preocupación en distintos sectores. Gobernadores de varias provincias advirtieron sobre el impacto que podrían tener los recortes en obras públicas y programas sociales, mientras que gremios estatales anticiparon posibles medidas de fuerza si se producen nuevos despidos o reducciones salariales.

Analistas económicos señalan que el desafío del Gobierno será sostener el equilibrio sin afectar aún más el nivel de actividad y el consumo, en un contexto de caída del poder adquisitivo y retracción económica.

La Casa Rosada, por su parte, ratificó que no habrá marcha atrás: “El superávit no se negocia”, sostienen en el entorno presidencial, en línea con la hoja de ruta que el Presidente viene defendiendo desde el inicio de su mandato.

Continuar Leyendo

Argentina

Argentina pide a la Justicia de EE. UU. suspender proceso legal sobre YPF y frenar pedidos de información intrusivos

El Gobierno argentino solicitó formalmente ante un tribunal de Nueva York la suspensión del proceso de “discovery” —fase de intercambio de pruebas e información— en el litigio relacionado con la nacionalización de la petrolera estatal YPF, al considerar que los requerimientos actuales son **intrusivos, desproporcionados y afectan la soberanía nacional. La presentación también busca frenar un pedido de desacato formulado por los demandantes

Ailén Lazarte

Publicado

en

Qué motivó la presentación del Gobierno

La Procuración del Tesoro de la Nación presentó este miércoles ante el Tribunal del Distrito Sur de Nueva York, liderado por la jueza Loretta Preska, un pedido para suspender la etapa de discovery en el juicio por la expropiación de YPF, así como para retirar la solicitud de desacato en contra del Estado argentino impulsada por los demandantes.

El discovery es una fase del proceso judicial estadounidense en la que cada parte puede solicitar información, documentos y pruebas a la contraparte o a terceros. El Gobierno argentino sostiene que este mecanismo ha sido llevado “más allá de lo razonable” con requerimientos que, según su criterio, vulneran la soberanía del país y no contribuyen a la ejecución de una sentencia civil típica.

Argumentos del Estado argentino

En su presentación, la Procuración afirmó que:

  • Los pedidos de discovery se han tornado “intrusivos y desproporcionados”, afectando “de manera directa a la soberanía argentina y a las relaciones internacionales.”

  • El Gobierno ha cumplido de manera exhaustiva con sus obligaciones legales, entregando volúmenes significativos de información, pero aún así enfrentó exigencias que considera ajenas al objetivo del proceso.

  • Algunos de los pedidos impugnados incluyen solicitudes de información sensible sobre activos o comunicaciones que, a criterio argentino, no son pertinentes ni ejecutables según el derecho internacional.

El escrito también recuerda que en gobiernos anteriores la Argentina fue declarada en desacato en causas internacionales, pero subraya que esta administración ha cumplido con todos los requerimientos formales.

Contexto del caso

El litigio se originó tras la nacionalización de YPF en 2012, cuando el Estado argentino asumió el control mayoritario de la petrolera. Accionistas minoritarios afectados presentaron demandas en tribunales de Estados Unidos argumentando que no se respetaron ciertos derechos de los inversores.

La Corte de Nueva York había dictado una condena que obliga a Argentina a pagar una indemnización millonaria (más de US$16.000 millones), y parte del conflicto actual gira en torno a cómo se ejecutaría esa sentencia.

Repercusiones y próximos pasos

La solicitud de suspensión presentada por Argentina ahora queda en manos de la justicia estadounidense, que deberá decidir si concede o no el pedido mientras avanzan las apelaciones y otros recursos legales disponibles.

Mientras tanto, la presentación subraya una postura firme del Gobierno de defender la soberanía jurídica del país y de cuestionar lo que considera un uso indebido de herramientas procesales por parte de los demandantes.

Continuar Leyendo

Tendencias